ARTICULO DEL SITIO GRANVERTICAL
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8 normas técnicas sobre EPI contra caídas de altura que debes conocer
A muchas personas la simple mención de la palabra “norma” les produce rechazo, por decirlo de una manera suave. Y no es para menos: la densidad de algunos textos puede aplacar incluso la voluntad más férrea.
Sin embargo, familiarizarse con estos documentos es extremadamente útil e interesante por varios motivos. Por ejemplo, en el caso de los equipos de trabajo utilizados en trabajos verticales, nos permite conocer sus principales limitaciones técnicas.
Con un simple vistazo a la norma impresa en la etiqueta o marcado podemos, por ejemplo, determinar laresistencia mínima de un anclaje, si el “pedazo de hierro” de novísimo diseño que tenemos en las manos es un anticaídas, un bloqueador, ambas cosas o ninguna de ellas, o si la función antipánico de un descensor es obligatoria o solamente opcional.
También permite delimitar el ámbito de aplicación de los sistemas de protección que usamos todos los días así como las compatibilidades entre diferentes equipos: ¿por qué puedo usar un solo punto de conexión cuando uso una línea de vida y en trabajos verticales debo siempre utilizar dos? ¿Es compatible el conector de un retráctilcon la anilla ventral de mi arnés integral? ¿Protege de igual manera un sistema que detiene las caídas que otro que las previene?
Normas EN y normas UNE
Las normas EN son directrices técnicas voluntarias de ámbito europeo por las que se establecen especificaciones técnicas aplicables a todo tipo de productos, servicios y procesos. Estas normas técnicas son elaboradas por el Comité Europeo de Normalización (CEN) y deben ser ratificadas por todos los estados miembros.
En España, este proceso lo llevan a cabo los Comités Técnicos de Normalización (CTN) de la Asociación Española de Normalización (AENOR) y las normas resultantes se denominan Normas UNE (Una Norma Española).
¿Son obligatorias las normas UNE?
Las normas técnicas emitidas por organismos de normalización son, por definición, voluntarias, aunque pueden pasar a ser obligatorias en determinados casos:
- Si la norma UNE viene impuesta por una ley, decreto o reglamento.
- Si aparecen incluidas en los pliegos de prescripciones técnicas de contratos públicos.
- Si vienen impuestas por los particulares en contratos de proyectos privados.
Si bien estas normas no son de obligado cumplimiento, es más que recomendable adoptarlas en el día a día pues garantizan que los equipos normalizados poseen un cierto nivel de calidad, seguridad y fiabilidad.
Las normas armonizadas dan presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad de un reglamento concreto, en el caso que nos ocupa, del Reglamento UE 2016/425 sobre Equipos de Protección Individual (éste sí es de obligado cumplimiento). Un empresario puede optar por utilizar un equipo no conforme a norma, pero deberá aportar una sólida justificación técnica en su evaluación de riesgos y responsabilizarse de ella. Y esto es, salvo en contados casos, complicado y arriesgado…
Al lío. A continuación se repasan 8 normas técnicas de aplicación en trabajos verticales así como sus principales requisitos técnicos y su transcendencia en nuestro día a día:
EN 12841 – Dispositivos de regulación de cuerda
Norma de especial importancia al tratarse de la única norma técnica de aplicación específica para trabajos verticales. Si bien existen numerosos dispositivos utilizados diariamente en nuestro trabajo regulados por diferentes normas técnicas (arneses, cascos, elementos de amarre, etc), éstos no son de uso específico para trabajos de acceso y posicionamiento mediante cuerdas sino en sistemas de protección contra caídas en general, siendo los trabajos verticales uno de ellos.
Esta norma regula los descensores, los bloqueadores de pecho y mano y los anticaídas deslizantes.
EN 12841 A – Anticaídas deslizantes
Dos generaciones de ASAP – Anticaídas deslizantes según EN 12841 A © Héctor del Campo
Resistencia de la línea de anclaje
La resistencia mínima ha de ser de 18kN. Esto permite utilizar cuerdas de 10,5 mm (resistencia de 22-24 kN) con nudo de fijación (resistencia residual de 18-19 kN). Si utilizáramos dispositivos EN 353.2 la resistencia tendría que ser de 22 kN, algo complicado con este diámetro de cuerda si hacemos nudo (el día a día de los verticales).
Desplazamiento
La norma exige que el dispositivo se desplace “en al menos un sentido sin requerir la intervención del usuario”. Es por ello que existen dispositivos que cumplen la norma aún requiriendo intervención para desplazarlo hacia abajo (ISC Red, Stec Enforcer).
Deslizamiento sobre la cuerda
No debe superar los 2 metros en factor de caída 2.
Fuerza de choque
No debe superar los 6 kN en factor de caída 2.
Absorbedor de energía
La norma no obliga al uso de absorbedores con dispositivos 12841 A. Nos debemos remitir siempre a las instrucciones del fabricante, que según el diseño del modelo, impondrá su uso o no. Es por ejemplo el caso del ASAP de la marca Petzl.
EN 12841 B – Bloqueadores
Dos versiones del Croll de Petzl © Héctor del Campo
Prueba dinámica
Los requisitos que deben cumplir los bloqueadores bajo esta norma son prácticamente idénticos a los que deben cumplir los bloqueadores deportivos (EN 567). Una de las principales diferencias—y no es menor—, es que deben superar una prueba dinámica.
Los bloqueadores de tipo B son sometidos a una prueba en la que deben soportar una caída de factor 1 con una masa de 100 kg (sí sí, factor 1 sobre un puño!) sin cortar la cuerda. Es interesante resaltar que este ensayo se realiza utilizando un elemento de amarre hecho con una cuerda dinámica de escalada UNE-EN 892 con una longitud total (cuerda + nudos en 8 + conectores) de 1 m.
EN 12841 C – Descensores
Descensores Kong Indy Evo y Petzl Stop © Héctor del Campo
Bloqueo automático
Deben incorporar un mecanismo de manos libres que permita al usuario detenerse en cualquier punto de la línea.
Funciones antipánico y antierror
Contrariamente a lo que se piensa, tanto la función antipánico (que permite detener un descenso cuando se aplica un exceso de fuerza en el accionamiento de la palanca de descenso) como la de antierror (que indica una incorrecta colocación del dispositivo en la cuerda) no son obligatorias para que un dispositivo cumpla con la EN 12841 C.
Temperatura
Ninguna de las partes manipuladas por el usuario durante el descenso debe superar los 48˚C. La vidriación de la camisa de la cuerda es aceptable (aunque no deseable pues ya sabemos que esto hace que las cuerdas se queden rígidas como la madera :)).
EN 397 – Cascos para industria
Casco EN 397 de la marca italiana Kong
El tema de la elección del casco es uno de los que mayor debate genera. ¿Es la norma EN 397 de cascos para industria la más adecuada para los trabajos verticales? En este post encontrarás información detallada sobre le asunto.
Absorción de impactos
Percutor de 5 kg desde 1 m de altura. F < 5 kN.
Resistencia perforación
Percutor en punta de 3 kg desde 1 m de altura. No debe producirse contacto con la cabeza.
Barbuquejo
Opcional para cumplir con la norma (los cascos de obra suelen cumplir esta norma), obligatorio si trabajamos en altura.
Éste debe soltarse si se le aplica una fuerza comprendida entre 15 y 25 daN. En algunos casos será preferible la rotura del barbuquejo con valores bajos (estrangulamientos en caso de enganche, trabajos con posibilidad de caída al agua, etc ) pero en otros interesará que éste no salga volando al segundo bote (caída por las escaleras de un andamio, por ejemplo). Una correcta evaluación de riesgos ayudará a elegir la solución más adecuada para cada caso.
EN 795 – Dispositivos de anclaje
Prueba de resistencia de anclaje rutinaria según EN 795:1996: 5 kN-15 s. A no confundir con prueba de resistencia para certificar anclaje como EN 795: 12 kN-3 min. © Héctor del Campo – Vértice Vertical
Tras un largo debate de más de tres años, esta norma fue finalmente armonizada en diciembre de 2015. Si bien contiene aspectos que amplían y modifican bastantes de los contenidos de la versión anterior (EN 795:1996) no ha conseguido uno de sus propósitos iniciales, que era incluir los 5 tipos de dispositivos de anclajes existentes bajo el paraguas de la Directiva EPI (686/89/CEE).
Esto, en la práctica significa, que sólo los dispositivos de anclaje de tipo B y E encajan en la definición de EPI ofrecida por dicha directiva y por tanto son los únicos que pueden llevar marcado CE.
Los cinco tipos de dispositivos de anclaje contemplados por esta norma son:
- Tipo A
Dispositivos de anclaje con uno o varios puntos de anclaje estacionarios y que necesitan que los anclajes estructurales o elementos de fijación se fijen a la estructura. No son EPI. No pueden llevar CE. Ejemplos: expansivo con chapa, varilla roscada fijada con resina química + chapa , etc.
- Tipo B
Dispositivos de anclaje con uno o varios puntos de anclaje estacionarios que no necesitan que los anclajes estructurales o elementos de fijación se fijen a la estructura. Son EPI. Deben llevar CE. Ejemplos: anillo de cinta, línea de vida horizontal de cuerda o cinta, trípodes, etc.
- Tipo C
Dispositivos de anclaje equipados con líneas de anclaje flexibles horizontales. No son EPI. No pueden llevar CE. Son las líneas de vida horizontales de cable de acero.
- Tipo D
Dispositivos de anclaje equipados con líneas de anclaje rígidas horizontales. No son EPI. No pueden llevar CE. Línea de vida horizontal de riel.
- Tipo E
Dispositivos de anclaje para su uso en superficies horizontales, cuyo funcionamiento depende únicamente de la masa y la fricción entre ésta y la superficie (anclajes de peso muerto). Son EPI. Deben llevar CE.
Número de usuarios
La norma sólo abarca los dispositivos diseñados para un único usuario.
Los dispositivos diseñados para ser usados por varios usuarios deben cumplir con una Especificación Técnica, CEN/TS 16415.
Retención vs Anticaídas
La norma puntualiza que para evitar posibles errores de uso, los dispositivos de anclaje diseñados para sistemas de retención deben ser testados para condiciones de detención de caídas (anticaídas).
Marcado CE en anclajes estructurales
Los anclajes fijados de manera permanente a la estructura son considerados partes de ésta (estructurales) y por tanto quedan fuera del alcance de la norma (no pueden ser marcados CE). No obstante, pueden ser testados según EN 795
Resistencia
Los requisitos de resistencia estática pasan de 10 kN a 12 kN para dispositivos metálicos y de 10 a 18 kN para dispositivos textiles.
Terminales con perrillos
Los terminales de cable cerrados con perrillos no son aceptados por la nueva norma.
Retroactividad
La nueva norma no tiene carácter retroactivo. Los sistemas certificados según EN 795:1996 siguen siendo válidos.
EN 362 – Conectores
Conectores EN 362
Se definen como dispositivos dotados de mecanismo de apertura usados para conectar componentes, los cuales permiten al usuario ensamblar un sistema para engancharse directa o indirectamente a un anclaje. También son conocidos como mosquetones. Pueden ser de acero o de una aleación de aluminio.
Clases
Son cinco las clases de conectores contempladas por esta norma:
- Clase B: básico (mosquetón clásico)
- Clase M: multiuso
- Clase T: de terminación
- Clase A: de anclaje
- Clase Q: de rosca (maillón)
Cierre
- Todos los conectores regulados por esta norma deben tener bloqueo del cierre, ya sea automático o manual.
- Tanto en el caso de los modelos con sistema de cierre automático como manual, la apertura del cierre debe requerir al menos dos acciones manuales y deliberadas, (por ejemplo, desactivar bloqueo y abrir gatillo).
- En el caso de los maillones (Clase Q), el cierre completo debe requerir, además, cuatro vueltas completas de rosca y éstas no deben ser visibles cuando el cierre está bloqueado.
Resistencia
- Todos los tipos de conectores, salvo los de clase Q (maillones) deben tener una resistencia mínima de 20 kNen su eje longitudinal con el cierre cerrado y bloqueado.
- La resistencia mínima de los maillones será de 25kN.
- Los conectores de clase B (los mosquetones de toda la vida) deberán tener una resistencia mínima de 7kN en su eje menor.
- Las roscas y bayonetas de los conectores de clase B deberán tener una resistencia frontal de 1 kN.
EN 363 – Sistemas de protección individual contra caídas
Sistema de salvamento, contemplado en la EN 363
© Héctor del Campo -Vértice Vertical
Esta norma es de especial importancia pues describe las características y los principios para el ensamblaje de los diferentes equipos de protección individual contra caídas de altura que usamos todos los días así como de los sistemas de retención, sujeción, acceso mediante cuerda, anticaídas y salvamento como formas específicas de sistemas de protección contra caídas de altura.
También recoge un conjunto homogéneo y coherente de definiciones específicas sobre protección en altura para que todos utilicemos la misma terminología a la hora de referirnos a los diferentes equipos y sistemas.
De todo ello destacamos las definiciones ofrecidas para los diferentes sistemas de protección:
Sistemas de protección
- Retención: sistema de protección contra caídas que evita que el usuario alcance zonas donde existe el riesgo de caídas de altura.
- Sujeción: sistema de protección contra caídas que permite al usuario trabajar en tensión o suspensión de forma que se previene una caída.
- Acceso mediante cuerda: sistema de protección contra caídas que permite al usuario acceder o salir al usuario del lugar de trabajo de manera que se previene o detiene una caída libre mediante el uso de una línea de trabajo y una línea de seguridad conectadas por separado a puntos de anclaje fiables.
- Anticaídas: sistema de protección individual contra caídas que limita la fuerza de impacto que actúa sobre el usuario durante la detención de una caída.
- Salvamento: sistema de protección individual contra caídas mediante el cual una persona puede salvarse a sí misma o a otras, de forma que se previene una caída libre.
EN 354 – Equipos de amarre
Equipo de amarre Béal Dynapro 8. La norma exige terminales manufacturados pero permite nudo de conexión al arnés.
Ésta es una de la normas que más debate suscita entre los técnicos verticales. Los equipos de amarre (denominados elementos de amarre hasta 2011, año en que la norma fue revisada) bajo esta norma se consideran generalmente como los más adecuados para trabajos ver.... Sin embargo, no todos son equipos diseñados específicamente para los trabajos verticales y, de hecho presentan ciertas carencias técnicas.
La más importante de ellas es la—generalmente— elevada fuerza de choque de estos dispositivos en caso de caída: las pruebas dinámicas que se realizan de acuerdo a la norma sólo verifican que la masa utilizada se mantiene sujeta al detener la caída, sin valorar la fuerza de choque producida por dicha caída.
Resistencia estática
22kN para los equipos textiles y 15 kN para los metálicos.
Terminales
Los terminales han de ser manufacturados, mediante cosido o similar. Los nudos también son aceptados siempre y cuando no puedan ser manipulados por el usuario (por ejemplo cubiertos con fundas termoretráctiles).
Longitud máxima
La longitud máxima no debe superar los 2 m, incluidos conectores y, opcionalmente, absorbedor de energía.
Material de fabricación
Pueden ser textiles, de cable de acero o de cadena. Es especialmente en estos dos últimos casos donde la fuerza de choque —no tenida en cuenta por la norma— puede alcanzar valores extremadamente altos incluso con pequeñas caídas de factor 0,3.
Conectores compatibles
Lo conectores compatibles han de ser EN 362
Conclusión
Más allá de determinar si estamos cumpliendo normativa o no (que no es poco), conocer las normas técnicas nos permite acceder a una valiosa información sobre las limitaciones técnicas de los equipos y aparatos que usamos diariamente cuando trabajamos colgados de una cuerda.
Aún no siendo de obligado cumplimiento en la mayoría de los casos, ajustarse a la normativa técnica es siempre una garantía de que los equipos que usamos poseen cierto nivel de calidad, seguridad y fiabilidad. Así que, ¿te vas a arriesgar?
FUENTE: http://www.granvertical.com/normas-tecnicas
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