UNE 23500 EDICIÓN 2018 NORMA ESPAÑOLA DE SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA CONTRA INCENDIOS
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-ADEMAS TE ENVIAREMOS LA EDICIÓN 2012 DE ESTA NORMA
-ADEMAS LA PRESENTACIÓN DE LAS JORNADAS TECNICAS SICUR 2017 SOBRE UNE 23500
La Norma UNE 23500 se editó en su primera versión en el año 1990 y ha sido referente del Reglamento
de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) desde 1993 en lo relativo a Sistemas de
abastecimiento de agua contra incendios.
A finales de 2007 se empezó a trabajar sobre la necesidad de modernizar la norma y adaptarla a las
nuevas tecnologías, además de actualizar las referencias normativas. Tras cuatro intensos años de
dedicación por parte del grupo de trabajo y los órganos técnicos responsables dentro del CTN 23
Seguridad contra incendios, en enero de 2012 se publicó la nueva Norma UNE 23500:2012 que anulaba
y sustituía a la anterior del 1990 incluyendo sustanciales cambios en el alcance.
Fueron muchas las novedades entonces, y sin entrar en detalles si conviene recordar los criterios con
los que se redactó la revisión de 2012:
– Crear una norma de ‘sistemas de abastecimiento de agua contra incendios’ válida para todo tipo de
sistemas; rociadores, bocas de incendio equipadas, hidrantes exteriores, etc.
– Integración de las normas y documentos sectoriales de referencia existentes en Europa, seleccionando
la solución más adecuada para la seguridad en caso de conflicto entre estos documentos.
– Especial hincapié en la coherencia con las normas de obligado cumplimiento por la reglamentación
en vigor, como el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales
(RSCIEI), que obligaba cumplirla Norma UNE-EN 12845 en instalaciones con rociadores.
– Consulta a la norma americana NFPA-20, como punto de referencia de nuevas tecnologías y para
resolver conflictos.
– Atender las experiencias recibidas, positivas y negativas, recibidas por las partes involucradas,
como son, los usuarios, instaladores, mantenedores, proyectistas, etc.
– Crear una norma orientada a una mayor seguridad de funcionamiento de unos equipos que normalmente están en inactivos durante un período de tiempo y deben actuar a plena carga en breves
instantes, en caso de emergencia y con la máxima fiabilidad.
La Norma UNE 23500:2012 en el momento de edición de esta nueva versión está recogida dentro del
RD 513/2017 por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios,
que entrará en vigor en diciembre de 2017.
UNE 23500:2018
Los órganos técnicos del CTN 23 Seguridad contra incendios comprometidos con la actualización
normativa de las referencias sectoriales fundamentales han abordado esta revisión desde mediados de
2015, momento en que comienza a sentirse la necesidad de mejorar aún más la norma, entre otros con
motivo de la revisión de las referencias europeas aplicables en el marco del abastecimiento de agua
contra incendios y con especial objetivo de alinear la nueva versión de la UNE 23500 con estas directrices
normativas europeas de forma que se garantice la coherencia en el catálogo de normas UNE en
seguridad contra incendios. Adicionalmente, los comentarios y consultas recibidos por parte de los
usuarios han sido fundamentales para percibir que la Norma UNE 23500 es muy utilizada en el sector
y requerida por diversos estamentos, tanto públicos como privados y por tanto un aspecto vital para la
mejora ha sido aclarar en lo posible los puntos y apartados objeto de los comentarios y consultas
recibidas en relación a la versión de 2012.
Las principales novedades de esta versión a la anterior edición de 2012, además de corregir erratas
detectadas, se resumen a continuación:
1. Creación de un nuevo anexo B (informativo), describiendo el método para seleccionar la categoría
y la clase de abastecimiento, principalmente como respuesta consultas recibidas en relación a las
dificultades para entender las tablas correspondientes en la versión 2012.
2. Para mejor comprensión del contenido de la norma, el apartado FUENTES DE AGUA aparece en
esta versión antes del apartado TIPOS Y CONDICIONES DE ABASTECIMIENTOS DE AGUA (en la
versión 2012 aparecían al revés).
3. Mayor y mejor definición de 4.2.2 Fuente inagotable y de 4.2.3 Depósitos, más ilustrados con
diagramas que incluyen versiones de depósitos cilíndricos, no contemplados en versiones
anteriores.
4. Tablas para definir la clase de abastecimiento, presentadas de manera más comprensible y ordenadas
de dos maneras: una por tipo de fuente y otra por clase de abastecimiento y figura esquemática.
5. Eliminación del anexo C de la Norma UNE 23500:2012. Queda sustituido por un nuevo apartado
6.4 en esta nueva versión, aplicable solamente para abastecimiento sencillo y sólo para sistemas
de bocas de incendio equipadas (BIE) de cualquier tamaño.
6. Definición del alcance de opciones voluntarias adicionales a las requeridas en la norma. Por
ejemplo, la ‘tabla 8 en el apartado 6.4.1’ específica las condiciones para casos de abastecimiento
sencillo con opciones diésel de manera diferente a la ‘tabla 6’ que se utiliza, a nivel general, para
abastecimiento superior o doble.
7. Presentación de opciones voluntarias diésel monobloc para abastecimiento sencillo (6.4), con un
juego de batería y 3 intentos de arranque, simplificando el requerimiento general para abastecimiento
superior o doble, con doble juego de batería y 6 intentos de arranque.
8. En el abastecimiento sencillo (6.4) la parada de la bomba principal sólo puede ser manual (el
anexo C de 2012 permitía manual o automática).
9. Armonización de los colores de alarmas de acuerdo con la Norma UNE-EN 12845.
Como la Norma UNE-EN 12845:2016 refiere que para el control de la motobomba diésel, los fallos
deben ser representados en amarillo, la nueva versión de la Norma UNE 23500 se ha alineado con
ello y especifica los colores de las alarmas y avisos con el criterio siguiente:
a. VERDE: para representar estados de funcionamiento normal (por ejemplo, presencia de tensión
de red)
b. ROJO: para representar avisos o pre-alarmas de posible detección de incendio (por ejemplo,
bomba en demanda)
c. AMARILLO: para fallos y alarmas de anomalías técnica.
10. Nuevo apartado 6.5 Sistema de bombeo en un abastecimiento superior o doble que sustituye al
apartado 6.4 Sistema de bombeo de la versión 2012, que era multipropósito con excepciones en
un anexo C. En esta versión todo el apartado 6.5 y sus subapartados están referidos a abastecimientos
de clase superior o doble, o bien, de clase sencillo pero con rociadores.
11. Nuevo rango de caudalímetro entre 40% y 150% de Qn o Qnb, según clase de abastecimiento. Se
trata de disponer de aparatos de medida cuya escala permita una lectura adecuada alrededor del
rango de caudales y presiones nominales necesarias.
12. Queda definido del alcance de las válvulas de seccionamiento del circuito de pruebas, exigiendo
señal de supervisión eléctrica siempre que no esté completamente cerrada.
13. Se exige un 5% más de margen por encima de la máxima potencia absorbida para determinar la
potencia del motor eléctrico en curvas de bomba con potencia absorbida creciente hasta un punto
máximo y luego decreciente.
14. Se han evitado requisitos imposibles de cumplir, como por ejemplo suministro eléctrico disponible
‘permanentemente’. Para cumplimentar este requisito hay quienes pensaban que había que
disponer de un grupo electrógeno adicional, por si hay avería general de la compañía eléctrica;
pero nadie garantiza que el grupo electrógeno no falle. Por exagerar, podríamos llegar a instalar
una central nuclear junto al equipo, por si falla lo demás, pero tampoco nadie garantiza que no
falle la central nuclear.
15. Para paliar el problema anterior y normalizar el principio básico de mantener operativo al máximo
posible el suministro eléctrico, se define el concepto de suministro eléctrico “fiable” como algo
factible y controlable.
16. Igualmente se han dado alternativas a requisitos con dificultades para obtener los permisos por
parte de terceros, como es el caso de la definición de una red de uso público aceptable.
17. Se define el número máximo de depósito de capacidad reducida con independencia de la clase de
abastecimiento.
18. Se han ampliado las posibles ubicaciones de los equipos de bombeo, más acorde con las posibilidades
reales de las instalaciones.
Este documento ha sido adquirido por Siemens, S.A. el 2018-10-29.
Para poder utilizarlo en un sistema de red interno, deberá disponer de la correspodiente licencia de AENOR
UNE 23500:2018 - 8 -
19. Se ha definido el concepto de “curva estable” de la bomba, tal y como lo indica en sus versiones de
consulta el proyecto de Norma prEN 12259-12.
20. Se amplían y detallan las definiciones de presión de impulsión, nominal, de aspiración y sus límites
(véase 6.5.2.2).
21. Se introduce el concepto “sensor de presión”, más amplio que el presostato, para dar entrada a los
transductores de presión si en el futuro lo contemplan otras normas europeas (como la norma
UNE-EN 12845).
22. Se permite la instalación de los sensores de presión en serie (como en la edición 2012) o incluso
en paralelo pero con sistema monitorizado de correcta operatividad de ambos sensores.
23. Se exige un sistema que garantice el bloqueo en modo ‘automático’ los cuadros de bombas principales,
con el fin de evitar errores de manipulación.
24. En abastecimientos superior o doble, se reducen los arranques posibles del motor diésel de 5 a 4
tipos, ya que dos de ellos eran redundantes y en este versión está más en consonancia con la
Norma UNE-EN 12845.
25. En el apartado 7.2 se especifica el dimensionado de las tuberías de la red general de distribución
de una manera más racional y técnicamente aceptable.
26. En la documentación del equipo de bombeo, se añade el requerimiento de presentar las curvas de
bombas originales del fabricante, con independencia de las pruebas en banco de ensayos.
27. Teniendo en cuenta las características de estas instalaciones y la normativa técnica vigente respecto
de la legionella se hace referencia a la UNE 100030.
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