El presidente Alberto Fernández encabezó el acto para promulgar la Ley 27.629, de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, y advirtió que ser bombero “es la acción humana que más se acerca a lo solidario”.
“La humanidad esta viviendo un momento singular, la pandemia nos ha estremecido a todos, nos ha hecho valorar de otro modo la voluntad y la vocación del que se preocupa por el otro. Ha vuelto a ponerse en nuestro vocabulario una palabra que muchas veces quedó olvidada, que es solidaridad. Lo peor es que cierto individualismo también nos hizo perder el criterio de solidario”, aseguró el jefe de Estado el iniciar su discurso.
En ese marco, consideró: “Si uno tuviera que pensar en cual puede ser la acción humana que más se acerque a los solidario, uno inmediatamente piensa en un bombero o una bombera. No es gente que trabaja de esto sino que presta un servicio voluntario desinterasado. No los mueve el lucro, el dinero, sino la voluntad de socorrer a quien lo necesita”. Y analizó que “en tiempos como este, ese concepto de solidaridad, esa vocación de servicio y ese deseo de estar al lado de quien lo necesita adquiere una dimensión distinta”.
“Los bomberos voluntarios son muchos y la Argentina se ha acostumbrado a que existan como si fuera algo normal o habitual, y ha descuidado darle los recursos necesarios para que eso pueda existir. Son recursos que tienen que ver con camiones, equipos, instrumentos que necesitan para poder cumplir sus cometidos, eso hay que financiarlo. Eso es lo que hace esta Ley”, sostuvo, y planteó que la ley de Fortalecimiento del sistema de Bomberos Voluntarios “intenta a volver a poner las cosas en orden”.
Celebró, en ese marco, que la iniciativa haya surgido del Congreso de la Nación y recibiera el apoyo de todas sus bancadas, en un acto que encabezaba en la Residencia de Olivos. La norma, sancionada el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario, fue presentada por el diputado justicialista Eduardo “Bali” Bucca (Consenso Federal) con el objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos.
“Volver a dotar de recursos para que esos bomberos y bomberas, que trabajan en esos de más de mil cuarteles y socorrieron el año pasado a mas de 200 mil argentinos y argentinas”, es el objetivo, dijo el Presidente. “Argentina necesita de hombres y mujeres esencialmente solidarios, que corren el riesgo de dejar todo por ayudar a otro. Es lo mejor que un hombre o una mujer puede dar: todo”, consideró. “Que nosotros estemos reivindicando de esta manera a quienes han dado gran parte de su tiempo y han puesto toda su voluntad y compromiso en ayudar al otro, yo lo celebro. Es un acto de justicia que, además, nos hace una mejor sociedad, porque nos permite reivindicar a los mejores de los nuestros, a los que dan todo”, concluyó.
LA LEY
Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las “entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”. Esa tarifario especial también incluye la “telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.
Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “venta sujeto ley 25.054”.
La iniciativa también prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.
Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.
El Gobierno promulgó este miércoles la ley que otorga beneficios a las asociaciones de bomberos voluntarios, en la que se establecen exenciones al pago de los servicios públicos y el reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.
Por medio del decreto 386/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Seguridad, Sabrina Frederic, se promulgó la ley 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.
La norma había sido sancionada el pasado 2 de junio, en coincidencia con el Día del Bombero Voluntario, una iniciativa presentada por el diputado justicialista Eduardo “Bali” Bucca (Consenso Federal) con el objetivo a hacer más eficiente el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos.
Entre los beneficios que otorga la ley se destaca que las “entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”. Esa tarifario especial también incluye la “telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.
Se prescribe que el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “venta sujeto ley 25.054”.
La iniciativa también prevé ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.
Además, se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados. También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.
“En el Día del Bombero Voluntario, reafirmamos el compromiso de seguir trabajando juntos para fortalecer el Sistema Nacional y cada uno de los 1000 cuarteles de nuestro país, y proteger a las 43.000 personas que arriesgan su vida para salvar las vidas y los bienes de la comunidad”, destacó Bucca el día que fue sancionada la norma.
FUENTE: INFOREGION
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