GLOSARIO Y DEFINICIONES RELACIONADOS A LOS TRABAJOS EN ALTURA
ANEXO II - GLOSARIO Y DEFINICIONES RELACIONADAS A LOS TRABAJOS EN ALTURA - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
CIUDAD DE BUENOS AIRES - LUNES 4 DE DICIEMBRE 2023
Está es una resolución nueva en Argentina. Si bien es laboral, pero pareció interesante compartirla, ya que le da marco legal a algunos asuntos que antes no estaban tan claros.
La resolución es una actualización asociada a los trabajos en altura. Y entre otras tantas cosas, ya contempla los planes de rescate, los simulacros y el uso obligatorio de descensores auto bloqueantes con antipánico (ya no hay duda que el ocho y los poleones quedan fuera de la ley laboral. Prohibido su uso para trabajo).
ANEXO II:
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍC*** 1°.- Apruébanse las “MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ALTURA” que como Anexo I IF-2023-144412295-APN-GP#SRT forma parte de la presente resolución.
ARTÍC*** 2°.- Establécese que cuando se ejecuten trabajos en altura los Empleadores deberán adoptar las medidas de prevención que se detallan en el Anexo I IF-2023-144412295-APN-GP#SRT “MEDIDAS DE SEGURIDAD EN ALTURA” aprobado por el artíc*** 1° de la presente resolución.
ARTÍC*** 3°.- Estipúlase que la documentación prevista en el Anexo I IF-2023-144412295-APN-GP#SRT, debe incorporarse al Legajo Técnico de obra, previsto en el artíc*** 3° del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996.
ARTÍC*** 4°.- Apruébase el Anexo II IF-2023-144412578-APN-GP#SRT “GLOSARIO Y DEFINICIONES RELACIONADAS A LOS TRABAJOS EN ALTURA”, que como tal forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍC*** 5°.- Apruébase el Anexo III IF-2023-144412806-APN-GP#SRT -”PLANILLAS DE LISTAS DE VERIFICACIÓN DE EQUIPOS OPERATIVOS”: SILLETAS, ANDAMIOS FIJOS/MÓVILES, ANDAMIOS COLGANTES, PLATAFORMAS ELEVADORAS MÓVILES DE PERSONAS (PEMP), EQUIPOS DE TRABAJO EN ALTURA -SISTEMAS DE ARRESTO DE CAÍDAS PERSONALES-, y TRABAJOS EN POSTES”, que como tal forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍC*** 6°.- Establécese que las medidas detalladas en la presente resolución complementan las medidas de seguridad relacionadas con los trabajos en altura, estipuladas en el Decreto Nº 911 de fecha 05 de agosto de 1996 y la normativa vigente vinculada con la materia.
ARTÍC*** 7°.- Facúltase a la Gerencia de Prevención, para que dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente resolución.
ARTÍC*** 8°.- La presente resolución entrará en vigencia a los NOVENTA (90) días de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍC*** 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
ANEXO 1.pdf
ANEXO 2: GLOSARIO Y DEFINICIONES RELACIONADOS A LOS TRABAJOS EN ALTURA.pdf
ANEXO 3.pdf
FUENTE:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300086/20231206