Hola, mi nombre es Lucas y pertenezco a un cuartel de bomberos voluntarios del interior de la provincia de Buenos Aires de la republica Argentina y quisiera hacerles una consulta ya que dado los inconvenientes que se vienen ocasionando en los servicios de emergencias medicas de la comunidad a la que pertenecemos, donde por problemas ajenos a esta Asociación quedamos diariamente comprometidos a trasladar personas accidentadas en móviles de Bomberos que no están habilitados para tal fin, por tal motivo quisiera saber si alguien me puede informar si su cuartel tiene el mismo inconveniente y cuales son las medidas que han adoptado o si saben de algun caso que haya creado jurisprudencia al respecto.
Queda claro que este tipo de servicio no se encuentra comprendido en la Ley 10917/90 y sus respectivas modificaciones en la ley 12.738.
Quizas me puedan informar de alguna Ley para poder consultar sobre el tema.
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